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martes, 24 de marzo de 2020

COLECTIVO CONTROL DE ESTUDIO DE LOS CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN LINEAMIENTOS 2019-2020 (DOCUMENTO)

ENFOQUE

En la Orientación Pedagógica N° 4 de las Orientaciones para el Inicio del Año Escolar 2019 – 2020, emitida por el Viceministerio de Educación con el propósito de garantizar “el inicio del año escolar 2019 – 2020, en todos los niveles y modalidades del subsistema de educación básica en todo el territorio nacional”, se orienta a las y los Jefes de Investigación y Formación de las 24 Zonas Educativas garantizar la “conformación, consolidación y activación de los colectivos pedagógicos en cada institución, centro y servicio educativo, vinculándose con los Centros Regionales y Locales de Investigación y Formación (CRIF y CLIF)”, con el fin de incentivar su participación desde sus experiencias educativas, a partir de su desarrollo y socialización en los “Congresos Pedagógicos en todos sus capítulos y demás formas de intercambio de Saber”1.

En el contexto de esta Orientación Pedagógica N° 4, desde la Dirección General de Investigación y Formación y la Secretaría General de la Universidad Nacional Experimental del Magisterio “Samuel Róbinson” (UNEM), se enviaron las “Orientaciones del Sistema Nacional de Investigación y Formación del Magisterio para Garantizar el Apoyo Tecnopolítico al Inicio del Año Escolar 2019 – 2020”2. Es indispensable prestar atención y comprender lo que dicha orientación significa como “apoyo tecnopolítico”, partiendo del principio según el cual el Sistema Nacional de Investigación y Formación tiene, entre sus propósitos, la responsabilidad de velar para que “los programas, planes y proyectos estén enmarcados en los procesos de territorialización y comunalización de la educación en lógica de mandar obedeciendo, en correspondencia con las dinámicas de los procesos desarrollados por el Poder Popular”3.

En consecuencia, todas y todos los trabajadores del magisterio que participan en los procesos de investigación y formación son sujetos protagonistas de la formación permanente como una de las garantías que ofrece el Estado Docente al magisterio venezolano, en el marco de sus competencias, tal como lo estipula la Ley Orgánica de Educación en su artículo 6 y, por tanto, son destinatarios de este apoyo tecnopolítico del Sistema Nacional de Investigación y Formación para el inicio del año escolar 2019 – 2020.

Con el inicio del año escolar 2019 – 2020 inicia también la Universidad Nacional Experimental del Magisterio “Samuel Robinson” (UNEM) en su “primera actuación nacional” requiriendo esta última de todo el apoyo necesario de la experiencia y del saldo organizativo del Sistema Nacional de Investigación y Formación del Magisterio, razón por la cual “la Dirección General de Investigación y Formación del Magisterio Venezolano y la Secretaría de la Universidad Nacional Experimental del Magisterio ‘Samuel Robinson’ consideran que en esta oportunidad los Centros Estadales y Locales de Investigación y Formación dispongan de su voluntad e idoneidad, como históricamente se ha hecho con la Micromisión Simón Rodríguez, para apoyar efectivamente en el inicio del año escolar, a través de control de estudio Cenamec, a fin de garantizar el éxito del inicio de la UNEM ‘Samuel Robinson’ en su primera actuación nacional”4.

Para lograr concretar esa “disposición” de “voluntad e idoneidad” de los Centros Estadales y Locales de Investigación y Formación se emitieron las orientaciones para el apoyo técnicopolítico. Entre estas orientaciones, todas ellas de vital importancia, la orientación N° 8 establece: “Orientar y seleccionar de los Centros Estadales y Locales dos (2) responsable de los procesos de control de estudio para garantizar la incorporación de la matrícula inicial en la Universidad Nacional Experimental del Magisterio ‘Samuel Robinson’ (UNEM)”5.

Por tal razón, la selección y designación de responsables de Control de Estudio en los territorios estadales y locales responde:

 Al propósito que tiene el Sistema Nacional de Investigación y Formación de apoyar la investigación que necesita la UNEM “Samuel Robinson” para acompañar los programas de formación, respecto a la calidad educativa de las acciones formativas, que es una nueva tarea que asume la institución con los programas de formación durante el periodo que comienza, y luego seguirá en la prosecución de los estudios de los participantes. 
 Este apoyo es uno de los fundamentos que tiene el equipo rectoral para la operatividad de las acciones que realizarán oportunamente las Unidades Territoriales de Gestión Universitaria en los territorios estadales y locales.

Por tanto, la designación de compañeros del Sistema Nacional de Investigación y Formación responde a este apoyo a la UNEM “Samuel Robinson” y a quienes, luego de su designación formal por el Consejo Directivo, realizarán las actividades de Control de Estudio en cada entidad federal, teniendo en cuenta que lo atinente a notas, evidencias, sistematización de procesos de cumplimiento con las normas de estudio, tienen que realizarse en colectivos idóneos y no por personas individuales, para garantizar la transparencia de estos resultados académicos Los presentes lineamientos son elaborados con el propósito de garantizar la adecuada acción colectiva de las y los responsables de los procesos de Control de Estudio y el necesario acompañamiento y mediación pedagógica de los mismos por parte de las y los responsables de los Centros Estadales y Locales de Investigación y Formación:

1- Las y los responsables de los procesos de Control de Estudio seleccionados estarán integrados a los Centros Estadales y Locales de Investigación y Formación y contarán con al acompañamiento, mediación y apoyo de las y los coordinadores de los Centros para el logro de sus propósitos y tareas bajo la direccionalidad exclusiva e intransferible de Control de Estudio Cenamec sede central a partir de los instructivos y orientaciones que este último envíe por los canales y medios oficial y legalmente establecidos hasta tanto se termine de virtualizar los sistemas de ingreso a la Universidad.

2- Las y los responsables de los Centros Estadales y Locales de Investigación y Formación velarán para que las y los responsables de los procesos de Control de Estudio dispongan de los espacios, las condiciones y las herramientas necesarias para el desempeño de sus funciones de acuerdo a las orientaciones e instrucciones emanadas por Control de Estudio Cenamec sede central, sin contravenir ni modificar dichas orientaciones e instrucciones.

3- Las y los responsables de los Centros Estadales en consenso con las y los responsables de los procesos de Control de Estudio integrados a los mismos y en diálogo y consulta corresponsable con las y los responsables de los Centros Locales, bajo la orientación, acompañamiento y mediación de las y los Jefes de Investigación y Formación, seleccionarán a los dos responsables de apoyo a los procesos de Control de Estudio a nivel local y estarán integrados al Centro Local respectivo, para quienes también aplican estas instrucciones. Los datos de las y los seleccionados serán enviados a la Coordinación Nacional de los Centros de Investigación y Formación quien se encargará de entregarlos a Control de Estudio Cenamec sede central y a la Secretaría General de la Universidad Nacional Experimental del Magisterio “Samuel Robinson”.

4- Las y los responsables de los procesos de Control de Estudio integrados a los Centros Estadales y Locales con apoyo de las y los responsables de dichos Centros, proporcionarán y socializarán con los tutores, enlaces y facilitadores los programas, las orientaciones e instrumentos necesarios que garanticen la adecuada y pertinente formación en los distintos ambientes de aprendizaje.

5- Las y los responsables de los procesos de Control de Estudio se conformarán en un colectivo de trabajo en lógica horizontal y, por tanto, en un grupo de investigación desde el registro y reflexión de la propia práctica relativas a control de estudio a nivel estadal y local y sus implicaciones investigativas en la gestión escolar. Para ello, este colectivo de trabajo debe:

a) Acordar su sistema de relaciones y de trabajo bajo los principios de disponibilidad horaria, corresponsabilidad, pertinencia en el desarrollo de sus funciones, diálogo de saberes, trabajo colectivo y consenso de acuerdos para las acciones en el logro de las orientaciones e instrucciones emanadas por Control de Estudio Cenamec sede central.

b) Organizar su plan de acción tomando en cuenta las orientaciones e instrucciones recibidas por Control de Estudio Cenamec sede central, en concordancia con las Orientaciones del Sistema Nacional de investigación y Formación para Garantizar el Apoyo Tecnopolítico al Inicio del Año Escolar 2019 - 2020.

c) Acompañar y llevar registro de las planificaciones académicas de las y los facilitadores acordadas colectivamente con las y los participantes en formación, estrategias de evaluación, asistencia e incidencias que afecten los procesos de formación y desempeño en los trayectos en desarrollo según cada ambiente de aprendizaje.

d) Elaborar de forma colectiva y corresponsable con las y los responsables de los Centros Estadales y Locales de investigación y formación una sistematización mensual que dé cuenta de los procesos de formación y sobre la línea de investigación en gestión escolar comunal, vinculados a los procesos de control de estudio en los distintos ambientes de aprendizajes activos en los diversos territorios estadales y locales, como avance e insumo para la presentación de una sistematización final, una vez culminado el trayecto respectivo, que permita caracterizar:

 El campo problemático de los procesos de control de estudio, a partir de la reflexión de la propia práctica, de acuerdo a los contextos territoriales estadales y locales.

 La descripción cuanticualitativa de los procesos de control de estudio a partir del registro de la propia práctica del trayecto académico que haya finalizado.

 La reflexión crítica, y su hermenéutica donde se requiera, de los procesos de control de estudio desarrollados en el trayecto respectivo.

 Los aportes, recomendaciones y sugerencias en perspectiva de los próximos trayectos a iniciar.

e) Las sistematizaciones mensuales serán compiladas por las y los responsables de los Centros Estadales con apoyo de las y los responsables de Control de Estudio integrados a los mismos y las enviarán mensualmente, en un solo correo, a la dirección electrónica cenamec.coordinaciondecentros@gmail.com. Lo mismo se hará, oportunamente, con la sistematización final.

6- Las y los responsables de los Centros Estadales y Locales de Investigación y Formación de forma corresponsable con las y los responsables de Control de Estudio integrados a dichos centros velarán para que los distintos actores del Sistema que prestan apoyo a la UNEM “Samuel Robinson”, tutores, enlaces, facilitadores, entre otros, respondan de forma oportuna y eficiente a los requerimientos y solicitudes de Control de Estudio Cenamec sede central relativo a los Centros de Formación y ambientes de aprendizaje.

7- Las y los responsables de los procesos de Control de Estudio dispondrán de un archivo físico y un portafolio digital donde archivarán todos los requerimientos, registros y procesos, así como las sistematizaciones de la propia práctica y entregarán una copia digital a los Centros Estadales y Locales de Investigación para su resguardo, lo que quedará constancia mediante un acta y enviarán dicha información cuando Control de Estudio sede central así lo requiera.

8- Las y los responsables de los Centros Estadales y Locales de Investigación y Formación en consenso y acuerdo con las y los responsables de los procesos de Control de Estudio, en concordancia con las orientaciones N° 3, 5 y 6 de las Orientaciones del Sistema Nacional de investigación y Formación para Garantizar el Apoyo Tecnopolítico al Inicio del Año Escolar 2019 – 2020, acopiarán digitalmente los Anteproyectos de Investigación resultantes del Trayecto Inicial de la Unem “Samuel Robinson”.

9- Las y los Jefes de la División de Investigación y Formación, en conjunto con las y los responsables de los Centros Estadales y Locales, conscientes de los implicaciones legales que llevan consigo los procesos de control de estudio, velarán para que ningún agente interno o externo del Sistema pretenda direccionar al Colectivo de Control de Estudio integrado a los Centros o modificar, distorsionar o contravenir orientaciones e instrucciones que el mismo recibe de parte de Control de Estudio sede central y la Secretaria General de la Universidad Nacional Experimental del Magisterio “Samuel Robinson”.

1 Ministerio del Poder Popular para la Educación. Orientaciones para el Inicio del Año Escolar 2019 – 2020. Caracas: Viceministerio de Educación, p. 4.

2 Dirección General de Investigación y Formación. Orientaciones del Sistema Nacional de Investigación y Formación del Magisterio para Garantizar el Apoyo Tecnopolítico al Inicio del Año Escolar 2019 – 2020. Caracas: Cenamec.

3 Ibídem, p. 2.

4 Ídem.

5 Ibídem, p. 7.

Prof. Diobenys J. Paternina M.
Coordinador (E) Nacional de los Centros de Investigación y Formación
Providencia Administrativa Nº PRE-003-2018, de fecha 27 de agosto de 2018

Prof. Javier Gallardo
Coordinador Nacional de Registro y Control de Estudios CENAMEC-MMSR

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